Posteado por: La Atalaya Informativa | viernes, 28 May , 2010

Chacón reduce las epecialidades fundamentales militares con el desarrollo de la Ley de la Carrera Militar

Hoy se ha aprobado el Real Decreto sobre el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, que será de aplicación a los militares profesionales y tendrá por objeto determinar las especialidades fundamentales que existirán en cada una de las escalas de los diferentes cuerpos militares.

En desarrollo de la Ley de la Carrera Militar de 2007, el nuevo Reglamento determina las especialidades fundamentales que existirán en una escala cuando los campos de actividad en los que se desempeñen los cometidos de su cuerpo lo requieran. Cuando no se dé dicha circunstancia, los militares agrupados en la escala de que se trate tendrán una misma especialidad fundamental, cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.

Los militares profesionales tendrán una sola especialidad fundamental, que adquirirán al acceder a la escala correspondiente. El Ministro de Defensa establecerá los requisitos y condiciones para que los militares profesionales puedan cambiar de especialidad.

Las especialidades fundamentales en el Ejército de Tierra son Cuerpo General, Cuerpo de Intendencia y Cuerpo de Ingenieros Politécnicos; en la Armada, Cuerpo General, Cuerpo de Infantería de Marina, Cuerpo de Intendencia y Cuerpo de Ingenieros; en el Ejército del Aire, Cuerpo General, Cuerpo de Intendencia y Cuerpo de Ingenieros; y los Cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas son Cuerpo Jurídico Militar, Cuerpo Militar de Intervención, Cuerpo Militar de Sanidad y Cuerpo de Músicas Militares.


Deja un comentario

Categorías