Posteado por: La Atalaya Informativa | jueves, 30 abril , 2009

Servidumbres aeronáuticas de la Base Aérea de Alcantarilla (Murcia)

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las nuevas servidumbres aeronáuticas de la Base Aérea de Alcantarilla (Murcia), sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves.

El objetivo es establecer limitaciones de altura a cualquier tipo de construcción en los alrededores del aeródromo, para que se permita mantener la seguridad de las aeronaves en sus maniobras de aterrizaje/despegue, así como evitar interferencias en las señales radioeléctricas que reciben las mismas (comunicaciones y/o ayudas a la navegación).

Un Real Decreto de 23 de noviembre de 1990 estableció las servidumbres aeronáuticas de la Base Aérea de Alcantarilla (Murcia), sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves. Durante el tiempo transcurrido desde la publicación del referido Real Decreto se han producido cambios en las instalaciones y sistemas radioeléctricos de la citada base aérea, por lo que es necesario establecer las nuevas servidumbres aeronáuticas.

Conocimiento de los organismos afectados

Según el Real Decreto aprobado hoy, el Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo establecido en un Decreto de 24 de febrero de 1972 sobre servidumbres aeronáuticas, remitirá a la Delegación de Gobierno en Murcia y a la Subdelegación del Gobierno en Alicante, para conocimiento y cumplimiento por los organismos provinciales y municipales afectados, la documentación y planos descriptivos de las referidas servidumbres.

Los organismos de la Administración General del Estado, así como los de cualquiera de las restantes Administraciones Públicas, de acuerdo con lo indicado en el citado Decreto de 1972, no podrán autorizar construcciones, instalaciones o plantaciones en los espacios y zonas señaladas sin previa resolución favorable del Ministro de Defensa, al que competen, además, las facultades de inspección y vigilancia en relación exclusiva al cumplimiento de las resoluciones adoptadas en cada caso concreto.

Los términos municipales que se encuentran comprendidos parcial o totalmente dentro de las servidumbres fijadas, son los siguientes:

En la provincia de Murcia: Albanilla, Alcantarilla, Aledo, Alguazas, Alhama de Murcia, Beniel, Campos del Río, Fortuna, Las Torres de Cotilla, Librilla, Lorca, Mazarrón, Molina de Segura, Mula, Murcia, Pliego, Sangonera y Sotana.

En la provincia de Alicante: Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Jacarilla, Orihuela, Redovan y Granja de Rocamora.


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